Decreto Nº 20 - Establece veda biológica para el recurso Merluza Común en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 39.868, 25 de enero de 2011. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Peces marinos Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece una veda biológica para el recurso Merluza común Merluccius gayi gayi, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41º28,6' L.S., entre el 1º de septiembre y el 30 de septiembre de cada año calendario, ambas fechas inclusive. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 810 - Modifica Decreto Nº 20 de 2011, que establece veda biológica para el recurso Merluza Común. Legislación | Chile | 2012 Palabra clave: Pesca marítima, Zona de pesca, Peces marinos, Temporadas, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX