Decreto Nº 196/16 - Crea e integra el Patronato del Parque de La Puntilla y Anfiteatro de Puerto Plata. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial No. 10.852 del 29 de julio de 2016. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Conservación del ecosistema Ordenación/conservación Zonificación Aguas continentales Protección del hábitat Gobierno local Patrimonio cultural Gobernanza Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen El presente Decreto crea el Patronato del Parque de La Puntilla y Anfiteatro de Puerto Plata, conformado por altos representantes del gobierno central, el gobierno local y el sector privado de la provincia de Puerto Plata. El Patronato del Parque de La Puntilla y Anfiteatro de Puerto Plata es el organismo encargado de velar por el cumplimiento riguroso de la normativa de uso y de convertir al Parque de La Puntilla y Anfiteatro de Puerto Plata en uno de los principales atractivos turísticos de la provincia Puerto Plata y la Costa Norte, siendo responsable de llevar a cabo las acciones necesarias para su sostenibilidad mediante las siguientes funciones: establecer los estatutos, gestión y procedimientos para su funcionamiento; llevar a cabo la planificación estratégica del Patronato en procura de la sostenibilidad de su operación; poner en funcionamiento y supervisar la Unidad Administrativa y de Mantenimiento (UAM) del Parque; establecer el manual operativo de la estructura de la Unidad Administrativa y de Mantenimiento del Parque; procurar la sostenibilidad socio-económica en el tiempo del Parque; garantizar la preservación del patrimonio histórico-cultural; promover y desarrollar un Plan de Animación Urbana y Cultural permanente, en aprovechamiento del Anfiteatro y del espacio público del Parque; garantizar a través de la UAM la seguridad, el control de las actividades y el mantenimiento del Parque y del Anfiteatro; conocer los planes operativos anuales y de programación de actividades culturales y de mantenimiento del Parque y del Anfiteatro a ser presentados por la UAM; otorgar permisos para la realización de actividades culturales y recreativas, etc. Texto completo Español Página web www.consultoria.gov.do