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Decreto Nº 195-2018 ─ Precisa las condiciones para que el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) realice el refinanciamiento o recaudación de la cartera total de fondos propios destinados al financiamiento del Sector Agrícola.

País/Territorio
Honduras
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 34.869, 12 de febrero de 2019.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Institución Desarrollo agrícola Crédito Medidas financieras agrícolas Subvención/incentivo Tasa/impuesto
Área geográphica
Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Decreto Legislativo interpreta dos artículos del que ordena al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) para que proceda al refinanciamiento o readecuación de la cartera total de fondos propios destinados al financiamiento del Sector Agrícola, en el sentido de que BANADESA realizará los respectivos refinanciamientos o recadecuaciones por un plazo hasta de veinte años, debiéndose entender que dicho plazo puede ser menor de acuerdo a los análisis técnicos que realice el Banco a cada caso concreto. En caso que los beneficiarios del presente Decreto incumplan con dos pagos de cuota consecutivas al Banco, la deuda volverá a su estatus original previo a la aplicación del presente Decreto.

Texto completo
Español
Página web
www.lagacetea.hn

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 47-2018 ─ Autoriza al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) al refinanciamiento o recaudación de la cartera total de fondos propios destinados al financiamiento del Sector Agrícola.

Legislación | Honduras | 2018

Palabra clave: Institución, Desarrollo agrícola, Crédito, Medidas financieras agrícolas, Subvención/incentivo

Fuente: FAO, FAOLEX