Decreto Nº 1.942 - Reservas y adjudicación de terrenos baldíos. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 1992 Fuente FAO, FAOLEX Materia Tierra y suelos, Recursos minerales Palabra clave Reforma agraria Transferencia Tierras abandonadas/terrenos baldíos Restricciones para el uso Exploración Hidrocarburos Zonificación Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto dispone que podrán declararse por parte de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, como reservas territoriales especiales del Estado, los terrenos baldíos situados en zonas aledañas o adyacentes a las exploraciones y explotaciones petroleras o mineras, los cuales en consecuencia, no podrán ser adjudicados a ningún título a los particulares. Tales tierras baldías sólo podrán reservarse en favor de las entidades de derecho público cuyo objeto esté directamente relacionado con las actividades de exploración y explotación petrolera o minera. Dichos terrenos podrán entregarse en comodato o arriendo a las entidades mencionadas. Texto completo Español