Decreto Nº 19.203/MAG - Prohíbe captura y comercialización de la langosta y del cambute. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 1989 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Crustáceos Temporadas Talla Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El Decreto prohíbe de forma permanente la captura del cambute (Strombus gigas y Strombus galeatus); la de la langosta (Panulirus gracilis) durante los meses de enero a junio de cada año y se la reglamenta en base al peso, de julio a diciembre. Texto completo Español