Decreto Nº 19 - Regula la licencia de pesca de cojinúa en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá. País/Territorio Panamá Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 28.782, 27 de mayo de 2019. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Inspección Aparejos de pesca/métodos de pesca Embarcación de pesca Pesca artesanal Zona de pesca Autorización de pesca Manejo y conservación pesquera Capturas incidentales Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto regula la licencia de pesca de cojinúa (Caranx sp) en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá. Las embarcaciones que se dediquen a la pesca con la licencia para cojinúa en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, deberán poseer y portar en la embarcación, una licencia denominada licencia de pesca de cojinúa, expedida por la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá. La licencia de pesca de cojinúa tendrá una vigencia de dos años y para renovarla, el interesado deberá presentar su solicitud dentro de los treinta días calendario antes de su vencimiento. Transcurrido un año, contado a partir del vencimiento de la licencia de pesca y de no haberse solicitado su renovación, la Autoridad la revocará de oficio. Texto completo Español Página web www.gacetaoficial.gob.pa Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 89 - Regula la pesca de cojinua, dorado, doncella y pajarita. Legislación | Panamá | 2002 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Inspección, Temporadas, Talla, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Embarcación de pesca, Pesca artesanal, Zona de pesca, Autorización de pesca, Manejo y conservación pesquera, Autorización/permiso Fuente: FAO, FAOLEX