Decreto Nº 1.876 - Medidas en materia de recursos naturales marinos no vivos. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 1979 Fuente FAO, FAOLEX Materia Recursos minerales Palabra clave Ordenación/conservación Minerales Exploración Plataforma continental Fondo marino profundo Zona marítima Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece que corresponde al Ministerio de Minas y Energía, en coordinación con las entidades estatales que tengan esta función, de conformidad con los tratados vigentes en los que el país pueda ser parte, adoptar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, procesamiento y comercialización, de los recursos naturales no vivos que se encuentren en el lecho o en el subsuelo del mar territorial, en la zona económica adyacente y en la plataforma continental de Colombia. Texto completo Español