Decreto Nº 1.777 - Establece cuota global anual de captura de la especie Langostino amarillo, año 2008. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 38.946, 27 de diciembre de 2007, pág. 5. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Crustáceos Zona de pesca Pesca artesanal Asignación/cuota Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto fija para el año 2008 la cuota global anual de captura referida al recurso Langostino amarillo, a ser extraída en el área marítima comprendida en la III y IV Regiones, quedando una parte reservada para fines de investigación y otra para ser extraída en calidad de fauna acompañante. El Decreto fracciona la cuota remanente según los períodos y áreas que se detallan en el artículo 1º. Texto completo Español