Decreto Nº 170/007 - Declara de interés para la producción agrícola el uso de agentes de control biológico. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 27.237, 15 de mayo de 2007, pág. 281. Materia Cultivos Palabra clave Agentes de control biológico Protección vegetal Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decreto declara de interés para la producción agrícola el uso de agentes de control biológicos, entendiendo por tales cualquier enemigo natural, antagonista o competidor u otro organismo utilizado para el control de plagas. El Decreto dispone que los agentes de control biológico deben cumplir los requisitos técnicos fijados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, así como estar debidamente registrados. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy