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Decreto Nº 1.688 – Establece veda extractiva de los recursos almeja y culengue.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2006
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 38.666, 18 de enero de 2007.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Zona de pesca Moluscos Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto establece una veda extractiva para los recursos almeja y culengue en el área marítima de la I Región, que regirá por el término de dos años a contar del día 15 de marzo de 2007. Durante el período de veda extractiva, quedan prohibidas la captura, comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento de las especies vedadas y de los productos derivados.

Texto completo
Español