Decreto Nº 1.688 – Establece veda extractiva de los recursos almeja y culengue. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2006 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 38.666, 18 de enero de 2007. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Moluscos Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece una veda extractiva para los recursos almeja y culengue en el área marítima de la I Región, que regirá por el término de dos años a contar del día 15 de marzo de 2007. Durante el período de veda extractiva, quedan prohibidas la captura, comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento de las especies vedadas y de los productos derivados. Texto completo Español