Decreto Nº 168 - Establece veda extractiva para los recursos Huiro negro y Huiro pito en período que señala y en área que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 40.480, 8 de febrero de 2013, pág. 8. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Plantas acuáticas Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto fija una veda extractiva para el recurso Huiro negro, en el área marítima comprendida entre la III y la IV Regiones, y para el recurso Huiro pito, en el área marítima de la IV Región. Ambas vedas regirán hasta el 28 de febrero de 2013. Texto completo Español