Decreto Nº 1.678 - Establece veda biológica para el recurso Anchoveta en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 39.250, 31 de diciembre de 2008, pág. 9. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Zona de pesca Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece una veda biológica para el recurso Anchoveta Engraulis ringens, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la XV Región y el límite sur de la II Región. Dicha veda regirá desde el 31 de diciembre de 2008 hasta el el 31 de enero de 2009, ambas fechas inclusive. Texto completo Español