Decreto Nº 162 - Reglamento sobre control de enfermedades de peces de la familia salmonidae y otras especies hidrobiológicas. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1985 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 32.221, 13 de julio de 1985, pág. 3271. Materia Pesca Palabra clave Peces marinos Acuicultura Enfermedades de los peces Sanidad animal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El Reglamento parte de una clasificación en tres clases de las diversas enfermedades (art. 1º); autoriza la importación de especies salmonideas solamente en estado de ovas y gametos (art. 2º); establece requisitos para los establecimientos de cultivo de salmónidos (art. 4º, 5º y 6º). Texto completo Español Referencias - Legislación Revoca Decreto Nº 291 - Reglamento de control de enfermedades de peces de la familia salmonidae y otras especies hidrobiológicas. Legislación | Chile | 1985 Palabra clave: Enfermedades de los peces, Peces marinos, Acuicultura, Sanidad animal Fuente: FAO, FAOLEX Implementado por Resolución Nº 2.459 - Condiciones para importar ovas de especies salmónidas, complementarias a las establecidas en el DS Nº 162 de 1985. Legislación | Chile | 1993 Palabra clave: Acuicultura, Comercio internacional Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Decreto Nº 96 - Reglamento de procedimiento para la importación de especies hidrobiológicas. Legislación | Chile | 1996 Palabra clave: Acuicultura, Comercio internacional, Especies exóticas, Certificación, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Decreto Nº 319 - Reglamento sobre las medidas de protección, control y erradicación de las enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas. Legislación | Chile | 2001 (2019) Palabra clave: Higiene/procedimientos sanitarios, Enfermedades de los peces, Peces marinos, Acuicultura, Marinocultura, Alimentos para animales/piensos, Medicamentos, Peces de agua dulce, Investigación, Sanidad animal Fuente: FAO, FAOLEX