Decreto Nº 1.614 - Establece veda extractiva para los recursos Huiro negro, Huiro palo y Huiro en el área marítima que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 38.928, 4 de diciembre de 2007, pág. 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Plantas acuáticas Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece una veda extractiva para los recursos Huiro negro Lessonia nigrescens, Huiro palo Lessonia trabeculata y Huiro Macrocystis spp., en el área marítima comprendida entre la I a IV Regiones, por el período comprendido entre el 4 de diciembre de 2007 y el 31 de agosto de 2008, ambas fechas inclusive. Texto completo Español