Decreto Nº 15/014 - Adécuase la normativa vigente en materia de temperatura de carcasas destinadas a la elaboración de emulsiones cárnicas. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 28.893, 28 de enero de 2014, págs. 10 y 11. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Carne Procesamiento/manipulación Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Codex Alimentarius Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decreto establece las condiciones que deben cumplimentarse en lo relativo a la temperatura de carcasas destinadas a la elaboración de emulsiones cárnicas. En particular dispone que la carne y subproductos destinados al abasto y a la industria, procesados por los establecimientos de faena habilitados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca deberán ser sometidos a refrigeración en las cámaras frigoríficas del propio establecimiento. El Decreto en consecuencia adecúa las disposiciones establecidas por el Reglamento Bromatológico Nacional. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 315/994 - Reglamento Bromatológico Nacional. Legislación | Uruguay | 1994 (2015) Palabra clave: Normas, Codex Alimentarius, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Aditivos alimentarios, Agua potable Fuente: FAO, FAOLEX