Decreto Nº 1.499 - Establece veda extractiva para los recursos huiro negro y huiro pito en período que señala y en área que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Plantas acuáticas Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto introduce una veda extractiva para los recursos huiro negro y huiro pito en el área marítima de las Regiones III de Atacama y IV de Coquimbo, la cual regirá hasta el 28 de febrero de 2014 inclusive. El artículo 3º prevé algunas excepciones a dicha veda, entre las que se contempla la recolección manual de los recursos huiro negro y huiro pito varados naturalmente. Texto completo Español Página web www.subpesca.cl