Decreto Nº 148/017 - Se adecúa la estrategia del programa de erradicación de brucelosis bovina en el territorio nacional. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado Palabra clave Sanidad animal Plagas/enfermedades Bovinos Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por el presente Decreto se asigna a la Dirección General de Servicios Ganaderos,a través de la División Sanidad Animal, la responsabilidad de determinar, en base a criterios epidemiológicos, los predios comprendidos en las zonas categorizadas como de riesgo en relación a la Brucelosis bovina, incluyendo el predio declarado foco, los predios linderos y los predios tras linderos al foco. Se establecen ulteriores normas para contribuir a la erradicación de la enfermedad. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy