Decreto Nº 144 - Establece veda biológica para el recurso anchoveta en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 38.986, 13 de febrero de 2008, pág. 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Temporadas Peces marinos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto fija una veda biológica para el recurso anchoveta dentro del área marítima de la III Región. En virtud de la veda establecida, quedan prohibidas la captura, comercialización, procesamiento, elaboración, transporte y almacenamiento de la especie y de sus productos derivados. Texto completo Español