Decreto Nº 141 - Aprueba la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. País/Territorio Chile Tipo de documento Legislación Fecha 1975 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Ordenación/conservación Fauna silvestre Flora silvestre Especies en peligro Comercio internacional Protecíon de las especies Comercio de especies Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen Por medio de este Decreto se aprueba en Chile la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Washington el 3 de Marzo de 1973. Texto completo Español Página web www.leychile.cl Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 18 – Establece medidas de aplicación del Convenio sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en flora no forestal. Legislación | Chile | 2020 Palabra clave: Productos no maderables, Comercio de especies, Flora silvestre, Institución, Gobernanza, Cumplimiento/aplicación Fuente: FAO, FAOLEX Resolución Nº 3.568 – Establece requisitos para la autorización del uso de la expresión Vicuña Chile o Vicuña Chile-Artesanía. Legislación | Chile | 2020 Palabra clave: Camélidos, Subproductos animales, Comercio de especies, Fauna silvestre, Institución, Gobernanza, Cumplimiento/aplicación Fuente: FAO, FAOLEX Decreto Nº 70 – Designa autoridad administrativa y autoridad científica, para efectos de la Convención CITES, en materias de especies forestales, maderables, a las entidades que indica. Legislación | Chile | 2003 Palabra clave: Madera, Corte y extracción/explotación forestal, Ordenación forestal/conservación de montes, Comercio de especies, Institución, Gobernanza, Cumplimiento/aplicación Fuente: FAO, FAOLEX