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Decreto Nº 139/012 - Reglaméntanse los artículos 5º y 6º de la Ley 18.756, en relación a las parcelas que conforman colonias y el Instituto Nacional de Colonización.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2012
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 28.466, 10 de mayo de 2012, págs. 9 y 10.
Materia
Tierra y suelos
Palabra clave
Terrenos agrícolas Reforma agraria Tenencia de tierras Propiedad
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

El presente Decreto reglamenta algunas disposiciones de la Ley de colonización de tierras en lo que se refiere a las parcelas afectadas como colonias. En particular el Decreto establece que los propietarios de las fracciones que hayan sido declaradas desafectadas, antes de su enajenación a título oneroso y cualquiera sea la superficie de las mismas, deberán ofrecerlas al Instituto Nacional de Colonización, siguiendo el procedimiento dispuesto por dicho Instituto.

Texto completo
Español