Decreto Nº 1.334 - Suspende temporalmente veda biológica del recurso erizo en area y período que indica, y establece cuota de captura que señala. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 40.454, 9 de enero de 2013, pág. 2. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Animales acuáticos Temporadas Zona de protección pesquera Asignación/cuota Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen En virtud del presente Decreto se suspende, relativamente al año 2013, la vigencia de la veda biológica para el recurso erizo establecida por el Decreto Nº 439 de 2000. Por otro lado, fija una cuota de captura del recurso Erizo para la X Región de Los Lagos y para la XI Región de Aysén, en los períodos que indica. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 439 - Veda biológica para el recurso Erizo en área y período que indica. Legislación | Chile | 2000 Palabra clave: Pesca marítima, Animales acuáticos, Temporadas, Zona de protección pesquera, Incremento del stock/repoblación, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX