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Decreto Nº 132 - Suspende provisionalmente las actividades de pesca de las embarcaciones industriales de bandera panameña que cuenten con licencias de pesca de Camarón, Doncella, Pajarita, Anchoveta, Arenque y Orqueta.

País/Territorio
Panamá
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial Nº 29.004, 16 de abril de 2020.
Materia
Pesca, General
Palabra clave
Salud pública Pesca marítima Temporadas Peces marinos Crustáceos Autorización de pesca Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Autorización/permiso
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto suspende provisionalmente las actividades de pesca de las embarcaciones industriales de bandera panameña de servicio interior que cuenten con licencias de pesca de Camarón, Doncella, Pajarita, Anchoveta, Arenque y Orqueta, hasta tanto se normalicen las condiciones sanitarias en el país generadas por la propagación del coronavirus Covid-19. Se faculta a la Autoridad de Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) a que, mediante resolución administrativa, y con el propósito de garantizar la salud de quienes se desempeñan en el sector a suspender las actividades de otras pesquerías.

Texto completo
Español
Página web
www.gacetaoficial.gob.pa