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Decreto No. 1288-04 que aprueba el Reglamento para el Comercio de Fauna y Flora Silvestres.

País/Territorio
República Dominicana
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2004
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Flora silvestre Fauna silvestre Biodiversidad Comercio internacional Recursos genéticos Zona protegida Comercio de especies
Área geográphica
Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo
Resumen

El presente Decreto aprueba el Reglamento para el Comercio de Fauna y Flora Silvestres, que reglamenta la aplicación nacional de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES). La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales es el organismo rector para la aplicación nacional de la Convención CITES y para controlar el comercio nacional e internacional, la posesión y transporte de especímenes pertenecientes a alguna de las especies listadas en los apéndices CITES.

Texto completo
Español