Decreto Nº 1.261 - Establece veda biológica para el recurso anchoveta en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 39.460, 11 de septiembre de 2009. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto introduce una veda biológica para el recurso Anchoveta Engraulis ringens, en el área marítima de la IV Región. Durante el período de veda quedan prohibidas la captura, comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento de la especie vedada y de los productos derivados de ella. Texto completo Español