Decreto Nº 1.138 - Establece veda biológica para el recurso Anchoveta en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 39.417, 22 de julio de 2009, pág. 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Temporadas Peces marinos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece una veda biológica para el recurso Anchoveta Engraulis ringens en el área marítima comprendida entre el límite norte de la XV Región y el límite sur de la II Región, la que regirá por el término de 45 días corridos desde el 23 de julio de 2009. Durante el período de veda biológica, quedan prohibidas la captura, comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento de la especie vedada y de los productos derivados de ella. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 1.264 - Modifica Decreto Nº 1.138 de 2009, que establece veda biológica para el recurso Anchoveta en área y período que indica. Legislación | Chile | 2009 Palabra clave: Pesca marítima, Zona de pesca, Temporadas, Peces marinos, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX