Decreto Nº 1.081 - Establece veda extractiva para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro macro en la III Región Atacama. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Plantas acuáticas Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto introduce una veda extractiva para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro macro en la III Región Atacama, la que rige hasta el 31 de diciembre de 2013. Durante la veda quedan prohibidos la remoción directa y el segado de las especies vedadas, como así también su comercialización, transporte, procesamiento, apozamiento, transformación y almacenamiento. Texto completo Español Página web www.subpesca.cl