Decreto Nº 1046/80 - Ley de Semillas. País/Territorio Honduras Tipo de documento Legislación Fecha 1980 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta, 15 de octubre de 1980, págs. 2-5. Materia Cultivos Palabra clave Legislación básica Materiales de propagación/semillas Certificación Registro Institución Comercio interior Comercio internacional Clasificación/declasificación Envasado/etiquetado Producción vegetal Área geográphica Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley de Semillas, que consta de 42 artículos, regula el funcionamiento del Programa Nacional de Producción de Semillas de la Secretaría de Recursos Naturales. El Programa tendrá como objetivo promover y regular la producción, certificación, comercialización, importación y exportación de semillas en el país, y dentro de sus actividades se dará preferencia a los programas de reforma agraria y a la promoción de la industria semillerista; asimismo, ejercerá el control de calidad en todas las etapas de producción y tendrá función fiscal en el comercio de semillas de las clases certificada y comercial (art. 2º). Para alcanzar estos objetivos se creará un Laboratorio Central de Análisis de Semillas (art. 3º). Se crean el Registro Nacional de Especies y Variedades aptas para certificar, que consistirá en un listado de las especies y variedades en certificación que será publicado anualmente, y el Registro Nacional de Criaderos, Semilleros y Comerciantes de Semillas (art. 20). Texto completo Español