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Decreto Nº 1046/80 - Ley de Semillas.

País/Territorio
Honduras
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1980
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta, 15 de octubre de 1980, págs. 2-5.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Legislación básica Materiales de propagación/semillas Certificación Registro Institución Comercio interior Comercio internacional Clasificación/declasificación Envasado/etiquetado Producción vegetal
Área geográphica
Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Ley de Semillas, que consta de 42 artículos, regula el funcionamiento del Programa Nacional de Producción de Semillas de la Secretaría de Recursos Naturales. El Programa tendrá como objetivo promover y regular la producción, certificación, comercialización, importación y exportación de semillas en el país, y dentro de sus actividades se dará preferencia a los programas de reforma agraria y a la promoción de la industria semillerista; asimismo, ejercerá el control de calidad en todas las etapas de producción y tendrá función fiscal en el comercio de semillas de las clases certificada y comercial (art. 2º). Para alcanzar estos objetivos se creará un Laboratorio Central de Análisis de Semillas (art. 3º). Se crean el Registro Nacional de Especies y Variedades aptas para certificar, que consistirá en un listado de las especies y variedades en certificación que será publicado anualmente, y el Registro Nacional de Criaderos, Semilleros y Comerciantes de Semillas (art. 20).

Texto completo
Español