Decreto Nº 104 - Declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 (2020) Fuente FAO, FAOLEX Materia General Palabra clave Salud pública Peligros Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto declara estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, por calamidad pública debido a la propagación del Covid-19, por un plazo de 90 días prorrogables contados desde el 18 de marzo de 2020. El acto designa como Jefes de la Defensa Nacional a los miembros de las Fuerzas Armadas que indica, para las distintas regiones del país. En el ejercicio de sus funciones, los Jefes de la Defensa Nacional tendrán todas las facultades previstas en el artículo 7º de la ley Nº 18.415 - Ley orgánica constitucional de los estados de excepción. Entre estas facultades se incluye la de ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población, y controlar la entrada y salida de tales bienes. Los Jefes de la Defensa Nacional también pueden determinar la distribución o la utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población. Texto completo Español Página web www.leychile.cl Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 153 - Prorroga declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, y designa a los jefes de la defensa nacional, según se indica. Legislación | Chile | 2021 Palabra clave: Peligros Fuente: FAO, FAOLEX Decreto Nº 72 - Prorroga declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, y reemplaza a los jefes de la defensa nacional, según se indica. Legislación | Chile | 2021 Palabra clave: Peligros Fuente: FAO, FAOLEX