Decreto N⁰ 662 – Ley de Creación del Ente Nacional de Transmisión Eléctrica País/Territorio El Salvador Tipo de documento Legislación Fecha 2023 Fuente FAO, FAOLEX Materia Energía Palabra clave Conservación de energía/producción de energía Institución Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Entry into force notes El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. Resumen La presente Ley crea el Ente Nacional de Transmisión Eléctrica, como una institución de Derecho Público, con autonomía administrativa y presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio principal en la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, por un plazo indefinido, que será el propietario del total de acciones en que está dividido el capital social de la Empresa Transmisora de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable, sociedad resultante del proceso de reestructuración de CEL, y encargada de las actividades de transmisión de energía eléctrica, a la que en adelante se denominará la SOCIEDAD o simplemente ETESAL. Le corresponde al ENTE el planeamiento de la expansión, la construcción de nuevas ampliaciones y refuerzos de la red de transmisión de energía eléctrica, así como el mantenimiento de la mencionada red, a través de ETESAL, atendiendo el crecimiento de la demanda y los criterios de confiabilidad y calidad de servicio adoptados; asimismo el ENTE trabajará de manera coordinada y permanente con los ministerios, instituciones autónomas y operadores del sector eléctrico nacional, para recopilar la información de los avances y necesidades que presenten los polos de desarrollo en el país, a fin de que ETESAL prepare el plan quinquenal de expansión de transmisión y las actualizaciones en el momento que sean necesarias, para aprobación de SIGET previa autorización del ENTE. Texto completo Español Página web asamblea.gob.sv