Decreto n° 405/021 - Creación del Registro Ambiental de Plantaciones Forestales, a cargo de la DINACEA. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2021 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 54 de diciembre de 2021. Materia Bosques Palabra clave Ordenación forestal/conservación de montes Clasificación/declasificación Institución Gobernanza Registro Bosques de protección Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Entry into force notes El presente Decreto entrará en vigencia en el plazo de 3 (tres) mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. Sin perjuicio de ello, la autorización a la que refiere el artículo 12, será obligatoria para las nuevas plantaciones que se realicen a partir del 1° de enero de 2023. Resumen El presente Decreto tiene por objeto la creación del Registro Ambiental de Plantaciones Forestales, que será llevado por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA) del Ministerio de Ambiente, con el alcance y demás características reguladas en el presente Decreto. La norma define, entre otras cuestiones, los requisitos para la solicitud del certificado, condiciones ambientales para ser registradas las plantaciones forestales y tramitación del procedimiento. Texto completo Español Página web www.impo.com.uy