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Decreto N° 292/2018 – Se adoptan requisitos zoosanitarios de los Estados parte para la importación de embriones bovinos y bubalinos colectados “in vivo” o producidos “in vitro” y el modelo de certificado veterinario internacional (CVI), aprobados por la resolución de Mercosur GMC N° 44/17, del 19 de diciembre de 2017.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Ganado
Palabra clave
Bovinos Reproducción animal Transporte/depósito Comercio internacional Certificación Sanidad animal
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Por medio del presente Decreto se adoptan los requisitos zoosanitarios establecidos mediante Resolución del MERCOSUR Nº 44 de 2017, aplicables a la importación de embriones bovinos y bubalinos colectados in vivo o producidos in vitro. Toda importación de dichos embriones debe ir acompañada de un Certificado Veterinario Internacional.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy

Referencias - Legislación

Implementa

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 44/17 – Requisitos zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de embriones bovinos y bubalinos colectados in vivo y/o producidos in vitro.

Legislación | 2017

Palabra clave: Bovinos, Reproducción animal, Transporte/depósito, Comercio internacional, Certificación, Sanidad animal

Fuente: FAO, FAOLEX