Decreto N° 2.385 mediante el cual se dicta el Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura. País/Territorio Venezuela, Rep. Boliv. de Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Cumplimiento/aplicación Pesca marítima Acuicultura Marinocultura Área geográphica Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur Entry into force notes El presente Reglamento Orgánico entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Resumen Este Reglamento Orgánico tiene por objeto determinar la estructura organizativa del Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura; así como establecer la distribución de las competencias y las funciones de las dependencias o unidades administrativas que lo integran. La suprema dirección del Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura, y la rectoría de las materias de su competencia corresponden al Ministro o a la Ministra, quien la ejercerá con la inmediata colaboración de los Viceministros o de las Viceministras y de los órganos de apoyo ministerial. El Ministro o la Ministra podrán delegar las atribuciones que le son propias, de conformidad con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, aunque no estén expresamente señaladas en este Reglamento. Texto completo Español Página web spgoin.imprentanacional.gob.ve