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Decreto Ley Nº 67-84: Ley de Empresas Campesinas Asociativas.

País/Territorio
Guatemala
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1984
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Agricultura y desarrollo rural, Tierra y suelos
Palabra clave
Cooperativa/organización de productores Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Infracciones/sanciones Pequeños agricultores/campesinos Pueblos indígenas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Ley regula la creación de Empresas Campesinas Asociativas, las cuales están formadas por campesinos beneficiarios del proceso de transformación agraria, constituidos en una colectividad, bajo una gestión común para explotar directa y personalmente la tierra, en forma eficiente y racional, aportando su trabajo, industria, servicios u otros bienes. El objetivo de su creación es mejorar los sistemas de producción en el campo, satisfacer sus propias necesidades, comercializar, transformar o industrializar sus productos y distribuir en forma proporcional a sus aportes, las utilidades o pérdidas que resulten. La Empresa Campesina Asociativa implica una copropiedad indivisible entre sus miembros de la tierra y de todos los bienes que forman el patrimonio de la empresa.

Texto completo
Español