Decreto Ley Nº 67-84: Ley de Empresas Campesinas Asociativas. País/Territorio Guatemala Tipo de documento Legislación Fecha 1984 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Tierra y suelos Palabra clave Cooperativa/organización de productores Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Infracciones/sanciones Pequeños agricultores/campesinos Pueblos indígenas Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley regula la creación de Empresas Campesinas Asociativas, las cuales están formadas por campesinos beneficiarios del proceso de transformación agraria, constituidos en una colectividad, bajo una gestión común para explotar directa y personalmente la tierra, en forma eficiente y racional, aportando su trabajo, industria, servicios u otros bienes. El objetivo de su creación es mejorar los sistemas de producción en el campo, satisfacer sus propias necesidades, comercializar, transformar o industrializar sus productos y distribuir en forma proporcional a sus aportes, las utilidades o pérdidas que resulten. La Empresa Campesina Asociativa implica una copropiedad indivisible entre sus miembros de la tierra y de todos los bienes que forman el patrimonio de la empresa. Texto completo Español