Decreto Ley Nº 6.241/08 - Ley del Banco Agrícola de Venezuela. País/Territorio Venezuela, Rep. Boliv. de Tipo de documento Legislación Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.891, 31 de julio de 2008. Materia Agricultura y desarrollo rural Palabra clave Desarrollo agrícola Áreas deprimidas Institución Medidas financieras agrícolas Crédito Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Productos agrícolas Inspección Área geográphica Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur Resumen El presente Decreto con rango, valor y fuerza de Ley del Banco Agrícola de Venezuela, dispone que tendrá por objeto realizar todas las operaciones financieras y técnicas, administrar recursos y fomentar las acciones necesarias para procurar el desarrollo agrario nacional par satisfacer los requerimientos de los sectores agrícolas vegetal, animal, pesquero, forestal y acuícola, así como operaciones de financiamiento para el transporte, almacenamiento y comercialización de productos alimenticios y cualquier otro servicio conexo a la actividad agrícola. Texto completo Español Página web www.asambleanacional.gov.ve Referencias - Legislación Revocado por Decreto Ley Nº 8.330/11 - Ley del Banco Agrícola de Venezuela, C.A. Legislación | Venezuela, Rep. Boliv. de | 2011 Palabra clave: Desarrollo agrícola, Áreas deprimidas, Institución, Medidas financieras agrícolas, Crédito, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Productos agrícolas, Inspección Fuente: FAO, FAOLEX