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Decreto Ley Nº 35 - Reglamenta el uso de las aguas.

País/Territorio
Panamá
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1966
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Agua
Palabra clave
Abastecimiento de agua Institución Concesión Servidumbre Contaminación de las aguas dulces Efluente de aguas residuales/vertido Derecho al agua Control de la contaminación Derechos humanos
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste
Resumen

El Decreto Ley establece que todas las aguas comprendidas dentro del territorio nacional son bienes de dominio público del estado y de aprovechamiento libre y común (art. 2º). Sus disposiciones son de orden público e interés social, y cubren su utilización para cualquier tipo de actividad (art. 3º). Crea la Comisión Nacional de Aguas adscrita al Ministerio de Agricultura, Comercio e Industrias (arts. 4º a 14). Reglamenta el uso de aguas (arts. 15 a 31); los permisos y concesiones (arts. 32 a 43); la servidumbre de aguas (arts. 44 a 52); la salubridad e higiene (arts. 53 a 55); y las infracciones (arts. 56 y 57).

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Decreto Ley Nº 2 - Marco regulatorio para los servicios de agua potable y alcantarillado.

Legislación | Panamá | 1997

Palabra clave: Legislación básica, Abastecimiento de agua, Agua potable, Alcantarillado, Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Concesión, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Normas sobre calidad del agua, Derechos/cánones, Control de la contaminación, Conservación del ecosistema, Normas sobre calidad ambiental, Normas, Protección del medio ambiente

Fuente: FAO, FAOLEX