Decreto Ley Nº 13/2019 - Aprobación de las reglas necesarias para la autoliquidación del impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas. País/Territorio España Subdivisión territorial Catalunya Tipo de documento Legislación Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 257, 25 de octubre de 2019. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Bebidas Procesamiento/manipulación Comercio interior Azúcar Tasa/impuesto Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen El presente Decreto Ley aprueba las reglas necesarias para la autoliquidación del impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas. A efectos de este impuesto, es bebida envasada cualquier unidad de venta destinada a ser presentada sin ulterior transformación al consumidor final, cuyo envase ha sido acondicionado antes de ser puesto a la venta de tal forma que no pueda modificarse el contenido sin abrirlo o modificarlo; no es bebida envasada aquella que se envasa a solicitud del consumidor en el lugar de venta o que se envasa para su venta inmediata. Texto completo Español Página web www.boe.es