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Decreto Legislativo Nº 1360 - Decreto Legislativo que precisa las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura como ente rector en materia de pueblos indígenas u originarios.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 22 de julio de 2018.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Recopilación de datos/informes Registro Patrimonio cultural Pueblos indígenas
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto precisar las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura como ente rector en materia de pueblos indígenas u originarios. Se precisa que, en el marco de desarrollo de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura y de su área programática de acción sobre pluralidad étnica y cultural de la Nación, la identificación y reconocimiento de pueblos indígenas u originarios es desarrollada por el Viceministerio de Interculturalidad, a través de sus órganos técnicos. Asimismo, se precisa que en el marco de los procedimientos administrativos de reconocimiento de comunidades campesinas y comunidades nativas por parte de los gobiernos regionales, el Ministerio de Cultura emitirá los lineamientos que coadyuven al reconocimiento de comunidades pertenecientes a pueblos indígenas u originarios.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 29785 - Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios.

Legislación | Perú | 2011

Palabra clave: Pueblos indígenas, Tenencia de tierras, Patrimonio cultural, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Propiedad común, Acceso-a-la-información, Participación pública, Derechos de propiedad, Protección del hábitat

Fuente: FAO, FAOLEX