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Decreto Ejecutivo Nº 43898 -MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC - Reglamento de evaluación, control y seguimiento ambiental.

País/Territorio
Costa Rica
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2022
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Medio ambiente gen.
Palabra clave
EIA Cuestiones de procedimiento Autorización/permiso Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Sistema de alerta temprana Evaluación/manejo de riesgos Monitoreo Control de la contaminación
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Entry into force notes
El presente Reglamento entrará en vigencia a los 4 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Resumen

El presente reglamento tiene por objeto regular los requisitos y procedimientos generales por los cuales se determinará la Viabilidad (Licencia) Ambiental (VLA), de las actividades, obras o proyectos (AOP), que por ley o reglamento, se han determinado que pueden alterar o destruir elementos del ambiente o generar residuos, materiales tóxicos o peligrosos; así como, las medidas de prevención, mitigación y compensación, que dependiendo de su impacto en el ambiente, deben ser implementadas por el desarrollador. Es requisito indispensable para que las autoridades competentes otorguen los permisos, concesiones, patentes y licencias, para realizar las actividades, obras o proyectos determinados por este reglamento, cumplir el proceso de obtención de una viabilidad ambiental, ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) se deberá completar con la Matriz de Significancia de Impactos Ambientales (SIA). El resultado de este análisis por parte del consultor ambiental, deberá permitir determinar el trámite a seguir para la obtención de la viabilidad ambiental, salvo para aquellos casos que por ley especial exijan realizar un Estudio de Impacto Ambiental. Este reglamento contempla la Evaluación de Impacto Ambiental para actividades, obras y proyectos, a través de distintos formularios, según la especificación de cada AOP, así como el seguimiento y control ambiental de los proyectos. La Evaluación Ambiental Estratégica, está regulada en forma específica por el Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE del 20 de febrero de 2006.

Texto completo
Español
Página web
www.pgrweb.go.cr