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Decreto de Urgencia Nº 034-96 ─ Productos forestales maderables decomisados serán destinados a la implementación de comedores populares, centros educativos y otros programas de apoyo social.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1996
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano Nº 5799, 19 de mayo de 1996, pág. 139717.
Materia
Bosques
Palabra clave
Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Infracciones/sanciones
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto de Urgencia, que consta de 3 artículos, establece que los productos forestales maderables decomisados por infracción a la legislación forestal no serán subastados, y autoriza a las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias a transferirlos para que sean destinados a la implementación de los comedores populares y centros educativos estatales así como a otros programas de apoyo social.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Revocado por

Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Legislación | Perú | 2000

Palabra clave: Legislación básica, Institución, Ordenación forestal/conservación de montes, Medidas de protección forestal, Política/planificación, Concesión, Zonificación, Corte y extracción/explotación forestal, Contrato/acuerdo, Inventarios, Especies exóticas, Agroforestal, Forestación/reforestación, Productos no maderables, Investigación, Inspección, Auditoría ambiental, Normas sobre calidad ambiental, Monitoreo, Autorización/permiso, Ordenación comunitaria, Normas, Protección del medio ambiente, Caza/captura, Biodiversidad, Flora silvestre, Productos silvestres, Certificación, Turismo, Protección del hábitat, Protecíon de las especies

Fuente: FAO, FAOLEX