Decreto de Urgencia Nº 029-2019 ─ Incentivos para el chatarreo. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 20 de diciembre de 2019. Materia Aire y atmósfera, Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Calidad del aire/contaminación del aire Emisiones Transporte/depósito Subvención/incentivo Normas sobre calidad ambiental Control de la contaminación Cambio climático Contaminación oleosa Registro Negocios/industria/corporaciones Normas Protección del medio ambiente Gestión de desechos Residuos no domésticos Residuos sólidos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas para promover el chatarreo como mecanismo dirigido a la renovación o retiro definitivo de vehículos del parque automotor, a fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contaminantes locales que afecten a la salud pública, así como, contribuir a reducir la siniestralidad en las vías públicas y al resguardo de la seguridad vial. Se entiende por Chatarreo, el proceso llevado a cabo por la entidad de chatarreo que consiste en desguazar, deshacer y desintegrar físicamente un vehículo, así como destruir todos los componentes del mismo hasta convertirlo en chatarra. Los Programas de chatarreo que se implementen se dirigen de forma prioritaria a los mercados de transporte en los que exista un alto nivel de externalidades negativas vinculadas a contaminación, congestión e inseguridad vial, así como a la mejora de los sistemas de transporte Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe