Circular Nº 54 del 02 de Octubre del 2009 - Castigo de alimentos cuya comercialización se ha vuelto inviable País/Territorio Chile Tipo de documento Miscelanea Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Desperdicio de alimentos Subvención/incentivo Cuestiones de procedimiento Seguridad alimentaria Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente circular del Servicio de Impuestos Internos interpreta el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta fijando criterios para poder deducir como pérdida para fines tributarios aquellos alimentos cuya fecha de vencimiento no ha expirado, pero que han perdido su valor comercial para la empresa por cuanto su comercialización se ha vuelto inviable, cuando ellos sean entregados a instituciones sin fines de lucro que distribuyen alimentos en forma gratuita entre personas de escasos recursos. Texto completo Español Página web www.sii.cl Referencias - Legislación Implementado por Resolución Extenta SII Nº 151 - Reemplaza resoluciones ex. SII Nº 59, de 20 de junio de 2014, ex. SII Nº 59 de 2018 y ex. SII Nº 68, de 28 de agosto de 2018, sobre procedimiento de solicitud de inscripción en registros de instituciones sin fines de lucro distribuidoras y/o receptoras de productos cuya comercialización se ha vuelto inviable. Legislación | Chile | 2018 Palabra clave: Seguridad alimentaria, Autorización/permiso, Registro, Desperdicio de alimentos, Subvención/incentivo Fuente: FAO, FAOLEX