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Acuerdo por el que se establece el módulo de requisitos en materia de sanidad para la importación de especies acuáticas, sus productos y subproductos, así como de los productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para el uso o consumo de dichas especies.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2012
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación, 2 de mayo de 2012.
Materia
Alimentación y nutrición, Pesca
Palabra clave
Comercio internacional Higiene/procedimientos sanitarios Certificación Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Productos pesqueros
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Mediante el presente Acuerdo se introduce el módulo de requisitos en materia de sanidad de especies acuáticas para la importación de especies acuáticas, sus productos y subproductos, así como de los productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para el uso o consumo de dichas especies. Los requisitos de sanidad de especies acuáticas para la importación de mercancías reguladas son obligatorios para obtener el certificado de sanidad acuícola para importación y deberán cumplirse por los importadores con el fin de permitir su internación al país, en el punto de entrada de la mercancía en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria, previa verificación por parte del personal del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA).

Texto completo
Español