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Acuerdo Nº MAGAP-DSG-2016-0082-A ─ Veda a la pesca de atún de buques de red de cerco de las clases 4, 5 y 6 operando bajo jurisdicción de Ecuador en el Área del Océano Pacífico Oriental (OPO) para el año 2016.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2016
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 822, 23 de agosto de 2016.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Aparejos de pesca/métodos de pesca Temporadas Zona de pesca Alta mar ZEE-Zona Económica Exclusiva Autorización de pesca Manejo y conservación pesquera Autorización/permiso Zona marítima
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Acuerdo dispone una veda para el año 2016 a la pesca de atún de buques de red de cerco de las clases 4, 5 y 6 (de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo o más), operando bajo jurisdicción de Ecuador en el Área del Océano Pacífico Oriental (OPO). comprendida entre el meridiano 150 O y el litoral del continente americano desde el paralelo 50 N hasta el paralelo 50 S, aplicable en uno de los dos periodos siguientes: 1) desde el 29 de julio hasta el 28 de septiembre del 2016; o, 2) desde el 18 de noviembre del 2016 hasta el 18 de enero de 2017. También se prohíbe la siembra, reconocimiento o recolección de dispositivos de pesca (FADs), que son consideradas actividades de pesca y por lo tanto no están permitidos para los buques de red de cerco clase 6 que se encuentren navegando hacia puerto una vez iniciado el periodo de veda al que se acogió.

Texto completo
Español
Página web
www.registroficial.gob.ec