Acuerdo Nº 93 - Prohíbe la pesca de diversas especies de Mantarraya. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 273, 7 de septiembre de 2010. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Talla Capturas incidentales Aparejos de pesca/métodos de pesca Peces cartilaginosos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo prohíbe la pesca dirigida de ejemplares de las especies Mantarraya gigante (Manta birostris) y Mantarraya (Mobula japanica, M. thurstoni, M. munkiana y Mobula tarapacana), con redes de enmalle de superficie y/o de media agua (también conocidos como trasmallos) y con redes de cerco tipo chinchorro o con cualquier otro tipo de arte de pesca. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec Referencias - Legislación Revocado por Acuerdo Nro. MPCEIP-SRP-2022-0078-A: Prohíbese la actividad pesquera en la fase extractiva dirigida a la captura de Mantarrayas y otras. Legislación | Ecuador | 2022 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Biodiversidad, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX