Acuerdo Nº 9-2016 ─ Modifica el Acuerdo Nº 21-2015, Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones. País/Territorio Honduras Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 34.112, 15 de agosto de 2016. Materia Pesca, Mar Palabra clave Embarcación de pesca Navegación Equipos Monitoreo Área geográphica Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo modifica el Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones, respecto a las embarcaciones exceptuadas de la obligación: 1) los buques de cero a cinco unidades de tonelaje bruto; 2) los buques de guerra y las embarcaciones oficiales sin fines comerciales; 3) los yates de placer de embarcaciones deportivas no dedicadas a actividades comerciales; 4) los buques de cabotaje con rutas fijas; 5) los buques carentes de propulsión propia; 6) las embarcaciones artesanales; 7) las embarcaciones autorizadas por un solo viaje entre puertos nacionales o de un tercer país que haya sido objeto de compraventa o que la finalidad del viaje sea para dirigirse a un astillero para desguace o reparación; 8) los buques que sin estar faenando están únicamente autorizados para el transporte de nasas e implementos relacionados. Texto completo Español Página web www.lagaceta.hn Referencias - Legislación Enmienda Acuerdo Nº 21-2015 ─ Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones. Legislación | Honduras | 2015 Palabra clave: Embarcación de pesca, Navegación, Equipos, Monitoreo Fuente: FAO, FAOLEX