Acuerdo Nº 81 - Reglamento para la conservación y mantenimiento de presas y embalses. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 1978 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 549, 20 de marzo de 1978, págs. 10 y 11. Materia Agua Palabra clave Efluente de aguas residuales/vertido Contaminación de las aguas dulces Control de la contaminación Fertilizantes/nutrientes Residuos domésticos Instalaciones Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen Este Acuerdo delimita las zonas de protección de las aguas, establece las medidas necesarias para evitar su contaminación, y aquellas destinadas a prevenir y sancionar a las personas que por cualquier circunstancia contaminan el agua en perjuicio de la salud humana y el desarrollo de la flora o de la fauna. Prohíbe la ubicación de viviendas y establos a menos de 500 metros de embalses (art. 1º); prohíbe la descarga de aguas residuales (art. 2º); prohíbe cultivos en terrenos que excedan el 20 por ciento de pendiente dentro de la cuenca (art. 3º); prohíbe el uso de fertilizantes dentro de la cuenca hasta 5 km (art. 4º). Texto completo Español