Acuerdo Nº 78/A - Reglas de comercialización de carácter excepcional para las empresas pesqueras asociadas. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 821, 18 de agosto de 2016. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Cooperativa/organización de productores Entidad no gubernamental Comercio interior Embarcación de pesca Pesca por extranjeros Contrato/acuerdo Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo expide las reglas de comercialización de carácter excepcional para las empresas pesqueras asociadas, de acuerdo a lo siguiente: 1) la pesca capturada por barcos de otras banderas que cuenten con un contrato de asociación, podrán vender el 100 por ciento de sus capturas a empresas nacionales o extranjeras; 2) esta medida estará vigente hasta que se resuelva con la Unión Europea el impedimento de cumulo regional con países; 3) las empresas que cuenten con contratos de asociación solicitarán la autorización correspondiente para la venta de las capturas del barco asociado a la Subsecretaria de Recursos Pesqueros. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Implementa Acuerdo Nº 259 - Contratos de arrendamiento o asociación con armadores de buques pesqueros de bandera extranjera. Legislación | Ecuador | 2008 Palabra clave: Pesca marítima, Pesca por extranjeros, Embarcación de pesca, Entidad no gubernamental, Contrato/acuerdo, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Investigación Fuente: FAO, FAOLEX