Acuerdo Nº 781 - NSR 67.00.175:99 para la estearina de palma comestible. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 13, 17 de enero de 2001, págs. 23-29. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Aceites/semillas oleaginosas/grasas Alimentos tratados Procesamiento/manipulación Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada para la estearina de palma comestible. La presente Norma no se aplica a la estearina de palma que debe someterse a elaboración con el fin de hacerla idónea para el consumo humano. La estearina de palma es la fracción con punto de fusión elevado que se obtiene del fraccionamiento del aceite de palma y comprende la estearina de palma neutralizada, la estearina de palma neutralizada blanqueada y la estearina de palma refinada, blanqueada y desodorizada (incluida la neutralizada, blanqueada y desodorizada). La materia prima es el aceite de palma obtenido del mesocarpio carnoso del fruto de la palma de aceite (Elaeis Guineensis). Texto completo Español