Acuerdo Nº 75/00 - Reglamento de mediación. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 114, 16 de junio de 2000, págs. 3147-3150. Materia Tierra y suelos Palabra clave Tenencia de tierras Propiedad Terrenos urbanos Terrenos agrícolas Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Solución de controversias Institución Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Reglamento, que consta de 3 capítulos y 15 artículos, tiene como objeto regular el procedimiento a seguir y los derechos y deberes de las partes, mediadores, asesores y representantes en el tramite de mediación institucional establecido en la Ley Nº 278, Ley sobre propiedad reformada urbana y agraria de 1997. Por tratarse de procesos de mediación institucional, administrados por la Oficina Nacional de Mediación, todo proceso de mediación se llevara a cabo en las instalaciones que disponga la mencionada Oficina y con mediadores certificados por ésta. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 278 - Ley sobre propiedad reformada urbana y agraria. Legislación | Nicaragua | 1997 Palabra clave: Reforma agraria, Tenencia de tierras, Propiedad, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Terrenos agrícolas, Terrenos urbanos, Catastro/registración de tierras, Expropiación, Solución de controversias, Comisión de tierras, Terrenos públicos, Responsabilidad/indemnización, Pueblos indígenas Fuente: FAO, FAOLEX