Acuerdo Nº 641 - NSR 67.00.54:99 para las frambuesas en conserva. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 196, 19 de octubre de 2000, págs. 25-29. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Alimentos tratados Procesamiento/manipulación Envasado/etiquetado Aditivos alimentarios Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada para las frambuesas en conserva. Se entiende por frambuesas en conserva el producto preparado a partir de variedades de frambuesas que responden a las características de Rubus idaeus L., o Rubus occidentalis L., suficientemente maduras, sanas, razonablemente enteras, libres de toda materia extraña, inclusive el cáliz y el pedúnculo; envasado con agua o con otro medio de cobertura líquido apropiado; y tratado adecuadamente por el calor, antes o después de ser encerrado herméticamente en un recipiente, a fin de evitar su alteración. Texto completo Español